Si algo hay en nuestro país son leyes. Leyes, normativas, decretos… de todo tipo y para todos los gustos. Huelga de decir que quien hace la ley hace la trampa y al final, solo cumplimos los de siempre. De cualquier modo existen infinidad de leyes que no conocemos ni de lejos, mientras que otras tantas nos las meten hasta en la sopa para que cumplamos con ellas. En esta ocasión, toca hablar sobre la Ley Antifraude que afecta a autónomos y empresarios de toda talla y condición. A los ciudadanos de a pie, realmente no les afecta aunque nunca está de más conocer lo que nos rodea.
El hecho es que esta ley, determina que autónomos, pymes, asesorías, despachos profesionales y demás, se vean en la obligación de utilizar un software de contabilidad y facturación que se adapte a una serie de medidas, destinadas a evitar un doble uso. Resulta paradójico que se trate de una ley desarrollada y promulgada durante una época totalmente corrupta por parte del gobierno, pero así es, que nadie defraude a Hacienda. Estamos de acuerdo en que así sea, por supuesto. Conviene combatir el fraude fiscal dentro de todo el ecosistema empresarial, lo que implica a la Ley General Tributaria y sobre todo, al software de contabilidad y facturación.
A partir de ya, estos programas de gestión deben contar con la certificación que valide que, están adaptados al nuevo paquete de medidas antifraude. La lucha contra el fraude fiscal es una de las prioridades de la autoridad recaudatoria, es decir, la Agencia Tributaria. A razón de esto, la Ley Antifraude 11/2021, marca un antes y un después en la forma en la que autónomos y empresas, deben gestionar su facturación y pagos. Es en este año, el dos mil veinticinco, cuando esta normativa cobra mayor relevancia, ante la entrada en vigor de las nuevas obligaciones y sanciones relacionadas con el uso de los programas de facturación. Veamos cuales son las implicaciones prácticas y como deben adaptarse las empresas y autónomos a este nuevo marco legal.
Con su propia ley
La citada ley, se conoce oficialmente como Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal y, se trata de una normativa impulsada por la misma Agencia Tributaria. El objetivo de esta ley es claro: reforzar el control ejercido sobre la económica sumergida e incrementar las arcas del estado, es decir, la recaudación fiscal. Esta ley fue aprobada en julio de dos mil veintiuno y recogida en el BOE-A-2021-11437, quedando establecidas sus bases:
- Limitación de los pagos en efectivo.
- Control del mercado inmobiliario mediante el valor de referencia.
- Regulación del software de facturación, sobre todo el que es susceptible de ocultar ventas o alterar los registros.
Sobre todos estos pilares se desarrolla ERPLoop, un programa integral de facturación, mediante el cual sus creadores nos explican la manera en que ayuda a evita el fraude fiscal, al mismo tiempo que cumple la normativa vigente. Desde que la Ley Antifraude obtuvo su aprobación, la misma ha evolucionado a través de la publicación de reglamentos y adaptaciones técnicas. Los propios sistemas de gestión, obligan a los contribuyentes a que la emisión de sus facturas sea electrónica y, se realice de acuerdo ciertas condiciones de inalterabilidad y trazabilidad.
Esta ley se articula como un conjunto completo de medias técnicas y legales, todas ellas creadas con la finalidad de prevenir la evasión fiscal en los diferentes niveles del sistema económico. Las características que de definen la normativa son las siguientes:
- Cuenta con una aplicación transversal que afecta a particulares y empresas, así como a los desarrolladores de los programas.
- Controla los pagos en efectivo y limita su uso en operaciones económicas, sobre todo a nivel profesional.
- Obliga a utilizar un software seguro, imponiendo el uso de programas de facturación que impidan la manipulación de cualquiera de los datos.
- Registrar y conservar los datos operativos durante un periodo de tiempo mínimo.
- Supervisión tecnológica mediante mecanismos para la trazabilidad y validación automática de las facturas.
- Régimen sancionador con la imposición de multas elevadas en caso de que se incumpla la ley.
Podemos entender que esta ley supone un gasto por parte de las empresas y autónomos, puesto que deben adaptarse y cambiar de programa de facturación si el suyo no cumple con la normativa o no disponen de uno. No obstante, se trata de una ley que ofrece algunas ventajas al tejido económico del país.
La mayor transparencia en las operaciones gracias al control del programa y la trazabilidad de la facturación, es una de ellas. Junto a la reducción de la competencia desleal, eliminando las prácticas fraudulentas que afectan a aquellos que cumplen con la legalidad. A su vez, implica dar un impulso a la digitalización, ya que obliga a las pymes a modernizar su infraestructura tecnológica. Facilita la gestión fiscal y contable y mejora la relación con Hacienda.
Los implicados en la ley
Se trata de una ley que cuenta con un alcance bastante amplio, por lo que afecta a los diferentes sectores económicos del país. Su aplicación no se limita en exclusiva a las grandes empresas o unos sectores en particular, impacta de forma directa sobre autónomos, pymes, desarrolladores de software y cualquier entidad que lleve a cabo operaciones económicas sujetas a control fiscal.
En el caso de los autónomos y pequeñas empresas, deben garantizar que sus sistemas de facturación cumplen con los nuevos requisitos de integridad, conservación y trazabilidad. Lo que implica que hay que dejar a un lado el uso de las herramientas que sean susceptibles de manipulación.
Para las empresas desarrolladoras de software, son las encargadas y obligadas a desarrollar las soluciones informáticas destinadas a cumplir con los criterios técnicos definidos por la Agencia Tributaria, como la imposibilidad de borrar o alterar los datos que sean emitidos por el programa.
En cuanto a los proveedores y distribuidores de soluciones ERP o CRM, afecta en la medida que se ven obligados a que sus herramientas sean compatibles con el marco regulador actual, sobre todo cuando se incluyen en sus soluciones, módulos de facturación.
Igualmente, las personas físicas que no tienen por qué facturar, se ven afectadas aunque en menor medida. La Ley Antifraude impone restricciones a particulares, sobre todo en lo referente a los límites impuestos en los pagos en efectivo, una de las medidas más visibles de las que impone el nuevo marco legal.
Una vez que entre en vigor, habrá un mayor número de contribuyentes obligados a seguir los procesos digitalizados y de supervisión, detallados en la ley, lo que implica que debe realizarse una profunda transformación en la metodología de emisión, registro y reporte de facturas. La normativa entrará en vigor para asesorías profesionales y empresas en enero del próximo año, siendo julio el mes en el que los autónomos, deberán igualmente, cumplir con la ley y hacer uso de un software certificado.
No obstante la rigidez de la ley, existen excepciones como los obligados a Suministro Inmediato de Información, algunos supuestos en el régimen de agricultura, ganadería y pesca o las actividades exentas de la obligatoriedad de facturar.
Para cumplir con los requisitos técnicos y operativos que impone la ley, los contribuyentes y desarrolladores, deben garantizar la veracidad de los datos, la trazabilidad y la inalterabilidad de los mismos, relacionados con la facturación. Uno de los requisitos clave, reside en la imposibilidad de modificar o eliminar facturas una vez que se hayan emitido. Lo que implica directamente que constará un registro de todas y cada una de las operaciones, incluidas las que no se hayan finalizado, como presupuestos o facturas proforma.
Los registros, deben ser almacenados de forma segura durante al menos cuatro años. El formato de los mismos debe ser legible, trazable y accesible ante una inspección y exportación por parte de la Agencia Tributaria.
En última instancia, aun no existiendo un sistema oficial de certificación, está previsto que el reglamento de desarrollo de la Ley Antifraude, establezca un modelo similar al que ya se ha implantado en los países vecinos, Francia y Portugal.
De tal manera que para cumplir a rajatabla con todo lo que exige la ley, hay que disponer de un programa compatible, evitar programas de doble uso que permita borrar o modificar facturas (infracción grave), actualizar los procesos internos y estar al día con Verifactu.
Como adelantábamos la fecha de entrada en vigor de las medidas que impone la ley, está prevista para el uno de enero de dos mil veintiséis, para los contribuyentes del Impuesto de Sociedades, en tanto que el resto de empresas y autónomos, cuentan con una fecha máxima hasta el uno de julio del mismo año.
Lo más contundente de la normativa, se encuentra en el régimen sancionador propuesto, con el objetivo de disuadir de las prácticas fraudulentas. Las multas tienen unas cuantías significativas, tanto para usuarios como para desarrolladores de software. Desde los mil euros por cada operación no registrada correctamente o alterada, hasta los ciento cincuenta mil para las empresas fabricantes de software por cada año de ventas.
Esperemos que con tanta ley y normativa, realmente se elimine el fraude fiscal y, no solo dentro del tejido empresarial.